Una medida cautelar impidió que se vacíe la sede local de una importante cadena de venta de electrodomésticos y, con esa acción, la Justicia provincial garantizó el pago de los sueldos que la empresa adeudaba a sus trabajadores, confirmaron fuentes judiciales.
La decisión fue adoptada por César Exler, titular del Juzgado del Trabajo de la X Nominación, quien hizo lugar al pedido de embargo y secuestro de "los bienes muebles, productos y mercancía para la venta" existentes en el establecimiento de Ribeiro y en los depósitos de la firma en cuestión, con el objeto de "cubrir provisoriamente una suma millonaria, calculada en concepto de deudas salariales, diferencias de actualización y acrecidas", consigna el informe oficial.
La resolución judicial tuvo lugar a partir de las acciones iniciadas por dos grupos de trabajadores asistidos por el Sindicato de Empleados y Obreros de Comercio de Tucumán (SEOC). Ante el aviso de cierre inminente del local, los demandantes se presentaron ante la Justicia para pedir que se inmovilizaran los fondos existentes en las cuentas bancarias de la firma. Con posterioridad, ante la novedad de que estas ya habían sido vaciadas y que la empresa abandonaría la provincia en los últimos días de mayo, ampliaron la solicitud. Así, según informaron fuentes judiciales, el juez ordenó el embargo preventivo y secuestro de los bienes muebles destinados a su comercialización (mercadería) y, en un segundo expediente, el secuestro también "del mobiliario del salón y los elementos que allí se encontraran" (incluyendo escritorios, aires acondicionados, vitrinas, paneles de exposición de hierros, etcétera).
Tras recibir el mandamiento enviado por el juzgado, miembros de Oficiales de Justicia del Poder Judicial se presentaron en la sede de la empresa para secuestrar todos los bienes muebles y mercadería del local, la que fue llevada al depósito del SEOC a fin de asegurar su tutela judicial efectiva, por lo que se designó al gremio como depositarios judiciales. Estos elementos serán utilizados posteriormente para pagar el dinero en concepto de salarios correspondientes a febrero, marzo y abril de 2021, con sus respectivas actualizaciones, que se adeuda a casi 40 trabajadores y trabajadoras.
Al estudiar el planteo, Exler concluyó que se encontraban cumplidos los requisitos para dictar una medida de este tipo, cuyo objetivo es proteger a la parte vulnerable en una relación (de ahí su naturaleza cautelar) ante la eventual pérdida de un derecho por el paso del tiempo.
El fallo destaca que “debido al probable cierre del establecimiento en el cual prestaban servicios los actores, se generó un estado de incertidumbre real y actual acerca del futuro de la explotación y de la fuente generadora de ingresos de la accionada".
"Ello podría afectar -con grados de probabilidad cierta- la liquidez del fondo de comercio y provocar la posible disminución del patrimonio del posible deudor, garantía del crédito alimentario que ostentarían los trabajadores”, agregó el magistrado.
Días después de ejecutada la medida, la empresa efectivamente cerró sus puertas en Tucumán, detalla el informe judicial. En cuanto al proceso, al correrse traslado de la demanda, los representantes legales de la compañía contestaron informando que la firma está actualmente concursada, agrega el reporte. Esto permite inferir que, de no haberse realizado el embargo, el personal afectado hubiera encontrado dificultades para obtener las reparaciones económicas pertinentes, sostuvieron en los tribunales.